Nota
Informativa de la Avv Costa de la Luz de Zahora
En
relación con la Resolución 766/2024 del
Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, dictada en la
reclamación 524/2024 interpuesta frente al Ayuntamiento
de Barbate, nos informan
que “el Ayuntamiento ha
enviado a este Consejo documentación relativa a las actuaciones realizadas para
su cumplimiento y que, a efectos de valorar el total cumplimiento, nos piden
que confirmemos que la el Ayuntamiento nos ha remitido respuesta referente a la
citada Resolución”.
La Avv le confirma al Consejo que el pasado 15 de octubre, el Ayuntamiento nos ha remitido un escueto escrito de respuesta (que le adjuntamos), en el que nos dice que se ha dirigido al Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria y que la respuesta de éste es que “la unidad administrativa a efectos tributarios es el municipio y, por tanto, no es posible realizar extracción de información con carácter tributario circunscrita a un ámbito concreto y que no se corresponda con la integridad del municipio”.
Desde esta Asociación, le trasladamos al
Consejo que entendemos que con los programas informáticos que disponemos y
disponen las administraciones, se pueden discriminar fácilmente por código
postal y extraer de ahí los contribuyentes y las cantidades de los ingresos
recaudados, también se pueden discriminar en función de los domicilios,
polígonos y parcelas… creemos que en eso no debería existir ningún problema.
Entendemos que la documentación que se
solicita debe estar disponible en los archivos del Servicio Provincial de
Recaudación y Gestión Tributaria y que éste no debería tener problemas para
cumplimentarla.
Agradeciendo la atención que nos
dispensa,
Reciba un cordial saludo
No hay comentarios:
Publicar un comentario