viernes, 16 de enero de 2015

El TSJA da la razón a la Junta y Mangueta seguirá siendo un espacio protegido

En primer plano zona de la campiña de Mangueta en el término municipal de Vejer, junto a la desembocadura del Arroyo de San Ambrosio que limita con la Pedanía de Zahora, en el municipio de Barbate, aun por regularizar

La empresa Gestcat Gestio del Sol interpuso un recurso contra el POT de La Janda
JULIA ALARCÓN CÁDIZ | ACTUALIZADO 04.03.2014 - 13:00

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso interpuesto por la entidad mercantil Gescat Gestio del Sol, S.L. contra el Decreto 358/2001 de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía por el que se aprobaba el Plan de Ordenación del Territorio (POT) de La Janda y la exclusión de Mangueta como área de desarrollo urbanístico.

La empresa demandante solicitó en su escrito que la zona de Mangueta fuese calificada como Área de Oportunidad de Dinamización Turística, una denominación que, si bien la obtuvo en una primera comisión de redacción del POT, fue cambiada al año siguiente por la Junta como Zona de Interés Territorial, protegiendo así la franja litoral de Mangueta de la conurbación y prevaleciendo sus valores medioambientales.
 

La sociedad recurrente no vio "razón alguna" para realizar este cambio y acusó a la Junta de "discrecionalidad" en sus decisiones. Apuntó igualmente a "incongruencias en el POT" así como a "la inconstitucionalidad" de dicho plan "por vulneración del principio de autonomía local". No obstante, el alto tribunal andaluz ha apoyado a la administración autonómica en su apuesta por proteger los espacios costeros con valores naturales. 

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