El
Juzgado impone multas al Ayuntamiento de Barbate por el incumplimiento de la
Sentencia. La Asociación de Vecinos “Costa de la Luz” muestra su indignación
porque el Ayuntamiento no convoca la reunión prevista de la “Comisión de Seguimiento”.
Desde octubre de 2007 el Sr. Alcalde de Barbate no ha vuelto a reunirse en Zahora con la Asociación de Vecinos "Costa de la Luz." |
“A perro flaco, todo se le vuelven
pulgas”: A la grave situación económica que atraviesa el Ayuntamiento, que
según el reciente informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía tiene acumulada
una deuda de 73 millones de euros, anomalías en la contratación del personal, grandes
dificultades para pagar cada mes a los trabajadores y otros problemas sin visos
de solución, se añade que en más de siete años el actual equipo de gobierno (PSOE) tampoco
ha sido capaz de dar cumplimiento a esta Sentencia Judicial, por lo que deberá comunicar
al Juzgado “la autoridad o funcionario responsable que deberá pagar multas
entre 300,51 y 1.202,2 euros, que serán reiteradas cada diez días hasta el
cumplimiento de lo ordenado (artículo 48.3 y 7 de LJCA”).
Esta
situación viene dada como consecuencia del recurso contencioso administrativo interpuesto en 2006 por la
Asociación de Vecinos tras requerir al Ayuntamiento que cumpliese los
compromisos fijados en el Convenio de colaboración que se firmó el año 2000, por
el que la asociación formaría parte de una mesa de participación para la
elaboración de las ordenanzas de regularización y legalización las
edificaciones de Zahora. El Juzgado dictó Sentencia en 2007 ordenando al
Ayuntamiento de Barbate a crear una Comisión de Seguimiento y a redactar y aprobar
dichas ordenanzas contando con la participación de la Asociación de Vecinos,
cosa que, a día de hoy, aun no se ha hecho.
Ya por
último, el Consistorio para justificar el cumplimiento de la Sentencia, esgrimió
que había aprobado la llamada “Ordenanza de Asimilado a Fuera de Ordenación” (A.F.O.),
pero está claro que esta ordenanza nada tiene que ver con “las ordenanzas de
legalización y regularización de Zahora” que dicta el Juzgado en su Sentencia.
La Regularización
de Zahora está pendiente desde 1995 cuando se aprobó el Plan de Urbanismo de
Barbate y después de casi 20 años, de tres aprobaciones provisionales de la revisión del plan,
este sigue sin aprobarse definitivamente, por lo que los vecinos de Zahora continúan inmersos
en un limbo de inseguridad jurídica y de indefensión y en una grave situación de
falta de servicios públicos mientras que el Ayuntamiento no apruebe el Plan
Especial y/o las ordenanzas de regularización y de legalización de las
viviendas y negocios.
Al mismo tiempo,
la asociación de vecinos lamenta que el Ayuntamiento
no haya convocado la reunión de “Comisión de Seguimiento” que estaba prevista para el pasado mes de septiembre, que también formaba parte del Fallo de dicha Sentencia, y cuyo
objetivo es “analizar los problemas de tráfico y falta de servicios y el cumplimiento
de la propia Sentencia”, aunque tras dos años ya de reuniones, estas no están dando
el fruto que se esperaba de ellas porque por parte del Consistorio se continúa
sin dar inicio al procedimiento de creación de dichas ordenanzas y tampoco ha dado
del todo cumplimiento a otros compromisos de mejoras en la Pedanía que se han
adquirido en estas reuniones.
En Zahora a 16 de octubre de 2014
Fdo.: José Antonio Mármol Román. Presidente
de la Avv “Costa de la Luz”
Quizás ya se debería llevar a cabo una denuncia penal tras siete años de desacato, ya que la situación que se deriba de esta falta de regularización ha creado y crea demasiados perjuicios a la población de Zahora, incluso a sus miles de visitantes.
ResponderEliminar"Es el momento para sacar otra vez lo del agua, el secretismo, la falta de participación, la vulneración de los principios de igualdad y el incumplimiento de la ley en cuanto a no asumir sus competencias propias ni solicitar la intervención supletoria de la provincia; la no elaboración de ordenanzas ni aprobación de tarifas (vulneración de procedimiento que convierte en nulo todo el proceso) y la necesidad ineludible de establecer el servicio básico de abastecimiento y el de alcantarillado del que no se habla.
ResponderEliminarEstá todo unido y ya que se ha conseguido la presión sancionadora al Ayuntamiento es el momento de atacar." (un socio)
El delito de desobediencia a una sentencia de los tribunales está castigado en la actual redacción del Código Penal con sanciones de multa y hasta un máximo de dos años de inhabilitación (artículo 410 del Código Penal)
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